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Porcentajes de Desgravación Fiscal

¿Sabias que al hacer la declaración de la renta, te devuelven una parte de tu colaboración con entidades benéficas?
Es por esto, que de tu bolsillo saldrá realmente una cantidad menor a la aportes.

Personas Físicas (IRPF)

Hasta 150€
de donación

80%

Resto de donaciones a partir de 150€

35%

Resto de donaciones a partir de 150€

40%

Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.

Deducción en cuota íntegra

Personas Jurídicas (IS)

Importe de la donación

35%

Importe de la donación

40%

Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.

Deducción en cuota íntegra

Existen deducciones por donativos a ONG, tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto de Sociedades (IS). Para ello, el donante (particular o institución) debe contar con el certificado fiscal de la ONG. El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta la organización con la que hayas colaborado.

Además, debes tener en cuenta si tu comunidad autónoma está sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales. Si la actividad en la que has colaborado ha sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la Ley 49/2002, puedes tener derecho a un mayor porcentaje de deducción