Información Económica
Última actualización: 26 de julio de 2024 (16:57h. UTC+1 - WEST)
*Solidaridad Médica España no dispone de informes de auditoría de cuentas.
Los motivos por los que la ONG no tiene obligación es por la ley que establece los requisitos para la obligatoriedad de auditorías para las ONGs en España es la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Según esta ley, en combinación con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, se determinan los criterios que deben cumplir las asociaciones y fundaciones para estar obligadas a someter sus cuentas anuales a auditoría externa.
Además, el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades, también establece estos umbrales específicos.
Según estos marcos legales, las ONGs no están obligadas a auditar sus cuentas si durante dos ejercicios consecutivos no cumplen con al menos dos de los siguientes tres requisitos:
1. Total de Activos: Superior a 2,4 millones de euros.
2. Ingresos Anuales: Superior a 2,4 millones de euros.
3. Número Medio de Empleados: Superior a 50.